Fundamento Legal Compras FUNDAUNA

Artículo 1 de la Ley General de Contratación Pública, Ley  No.9986.
Sujetos privados, como FUNDAUNA, que manejan Fondos Públicos. Aplica la totalidad de la Ley para compras superiores al 50% del límite inferior del umbral fijado para la licitación menor del régimen ordinario. *
El 50% del límite inferior corresponde a ¢29.777.995
Para las compras por montos inferiores, se deberán respetar los principios, el régimen de prohibiciones y las indicaciones de la Dirección de Compras Públicas del Ministerio de Hacienda.
*Los umbrales se actualizan y modifican todos los años.

Principios generales de la Contratación Pública

Artículo No.8, Ley General de Contratación Pública.

Los principios generales de la contratación pública rigen transversalmente en toda la actividad contractual en que medie el empleo de fondos públicos y durante todo el ciclo de la compra pública.

Los principios que informan la contratación pública son los siguientes:

a) Principio de integridad: la conducta de todos los sujetos que intervengan en la actividad de contratación en la que medien fondos públicos se ajustará al cumplimiento de las normas y los valores éticos, entre ellos, la honestidad, la buena fe, la responsabilidad y el respeto, prevaleciendo en todo momento el interés público.

b) Principio de valor por el dinero: toda contratación pública debe estar orientada a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones, de tal forma que se realicen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad.

c) Principio de transparencia: todos los actos que se emitan con ocasión de la actividad de contratación pública deben ser accesibles de manera libre e igualitaria por parte de los intervinientes y de cualquier persona interesada. La información que se ponga a disposición debe ser cierta, precisa, oportuna, clara y consistente.

Únicamente se exceptúa del libre acceso a la información que se determine confidencial de acuerdo con la ley, para lo cual deberá existir un acto motivado.

d) Principio de sostenibilidad social y ambiental: las acciones que se realicen en los procedimientos de contratación pública obedecerán, en la medida en que resulte posible, a criterios que permitan la protección medioambiental, social y el desarrollo humano.

e) Principios de eficacia y eficiencia: el uso de los fondos y bienes públicos y la conducta de todos los sujetos que intervienen en la actividad de compras públicas deben responder al cumplimiento de los fines, las metas y los objetivos institucionales y a la satisfacción del interés público. En todas las etapas del procedimiento de compra prevalecerá el contenido sobre la forma y se favorecerá la conservación de los actos. Los defectos subsanables y los incumplimientos intrascendentes no descalificarán la oferta que los contenga.

f) Principio de igualdad y libre concurrencia: en los procedimientos de contratación pública se dará un trato igualitario a todos los oferentes, se procurará la más amplia competencia y se invitará a potenciales oferentes idóneos. No se podrán establecer restricciones injustificadas a la libre participación.

g) Principio de la vigencia tecnológica: el objeto de la contratación debe reunir exigencias de calidad y actualización tecnológica que obedezcan a avances científicos contemporáneos, de conformidad con las necesidades y posibilidades de la entidad contratante.

h) Principio de mutabilidad del contrato: según lo permita el ordenamiento jurídico, la Administración tendrá las prerrogativas y los poderes para hacer los cambios contractuales que considere necesarios, siempre y cuando estos respondan a la protección o el alcance del interés público perseguido.

i) Principio de intangibilidad patrimonial: la Administración está obligada a observar el equilibrio financiero del contrato y evitar, para ambas partes, una afectación patrimonial, por lo que la Administración podrá hacer un ajuste en los términos económicos del contrato cuando la causa no sea atribuible al contratista, o bien, medien causas de caso fortuito o de fuerza mayor, de conformidad con lo regulado en esta ley.

Boletas de pago y notificaciones de interés

Para la recepción de comprobantes de pago y de notificaciones de interés se debe de completar y firmar el formulario AUTORIZACIÓN DE ENVÍO DE COMPROBANTE DE PAGO Y NOTIFICACIONES DE INTERÉS y enviar al correo electrónico list-ath@fundauna.org

Calendario o Periodo de Recepción de Acciones de Personal

Recepción de acciones de personal contratado por intermediación laboral en la FUNDAUNA:

Primera quincena

  • Se reciben documentos entre el día 6 y el día 19 del mes actual para pago en la primera quincena del mes siguiente.
  • Ejemplo: Si hoy es septiembre:
    • Se reciben solicitudes del 6 al 19 de septiembre.
    • Se cancelan en la primera quincena de octubre.

Segunda quincena

  • Se reciben documentos entre el día 20 del mes anterior y el día 5 del mes actual para pago en la segunda quincena del mes actual.
  • Ejemplo: Si hoy es septiembre:
    • Se reciben solicitudes del 20 de agosto al 5 de septiembre.
    • Se cancela en la segunda quincena de septiembre.

Documentación para Contratación de Personal de Primer Ingreso

Antes de proceder con la contratación de personal por intermediación laboral, el proyecto deberá remitir al correo list-requisitosproyectos@fundauna.org la siguiente documentación:

Todos los documentos deberán enviarse completos y firmados por la persona interesada, y validados contra el original mediante firma y sello de la persona responsable o del asistente del proyecto.

Solicitud de Constancias

Las constancias de tiempo servido, salariales, de funciones, histórica de salario para cuotas de pensión y otras tienen un plazo de entrega de 3 a 5 días hábiles y en ocasiones se puede demorar más de lo previsto según el volumen de trabajo que haya en el Programa Desarrollo de Recursos Humanos y la FUNDAUNA.

Se pueden solicitar al correo: list-gth@fundauna.org

Póliza Sociedad de Seguros de Vida Magisterio Nacional

Al firmar un contrato por primera vez bajo la modalidad de intermediación laboral, se debe completar el formulario de Designación de beneficiarios póliza SSVMN. Este trámite puede realizarse en cualquiera de las 4 formas:

  • Formulario físico: Firmado por el interesado y el superior/asistente del proyecto, y entregado físicamente en FUNDAUNA.
  • Presencial en SSVMN: Realizar el trámite en sus oficinas y enviar copia al correo list-ath@fundauna.org.
  • Presencial en FUNDAUNA: Completar y firmar el formulario directamente en sus oficinas.
  • Firma digital: Firmar con certificado digital del BCCR y enviar a documentosdigitales@sociedaddesegurosdevida.cr, con copia a list-ath@fundauna.org.

Trámite de Incapacidades

Las boletas de incapacidad se deben de enviar a Recursos Humanos, al correo list-gth@fundauna.org

Formatos de Acuerdos/Oficios para Contratación por medio de Intermediación Laboral

En la página web de la fundación, apartado Recursos / Formularios, están a disposición los formatos de acuerdo para contratación de personal por intermediación, ya sea personal Administrativo, Asistente de Fundauna, Académicos y Formadores. Puede consultar los enlaces desde la siguiente sección:

Administrativos:

Asistente Académico:

Docencia:

Formadores:

Investigación:

¿Cómo finalizar anticipadamente un contrato laboral?

En caso de cambios en la relación laboral o renuncia del funcionario, el proyecto debe de tramitar una finalización anticipada en SIGESA y adjuntar los siguientes documentos:

  1. Declaración jurada vencida anticipadamente a la fecha del último día laborado.
  2. Adjuntar carta de renuncia con el recibido y visto bueno de la persona responsable del proyecto u oficio con la justificación de los términos de la relación laboral.
  3. Completar la finalización del contrato en estado “aprobado por el director”.

 

***Se solicita al proyecto avisar con anticipación a list-gth@fundauna.org para evitar pagos de más. ***

Pago de Carrera Administrativa

El proyecto recibe la resolución por parte del funcionario, valida el contenido presupuestario e informa a la fundación mediante oficio el pago de carrera administrativa, (se debe de adjuntar la resolución), por medio de AGDe.

Retiro del Fondo de Capitalización Laboral (FCL)

El FCL es un ahorro laboral creado por la Ley de Protección al Trabajador y administrado por las Operadoras de Pensiones Complementarias (OPC) a la que pertenezca del cual puede disponer el trabajador en caso de quedar sin empleo o al cumplir cinco años de relación continua con un mismo patrono.

Para ello el trabajador podrá solicitar una constancia al correo list-gth@fundauna.org con el propósito de que se le certifique la finalización de la relación laboral o los 5 años (quinquenio) de laborar con un mismo patrono.

Vacaciones de los funcionarios de ARES-PPAA por Intermediación Laboral

El proyecto debe de llevar el control de vacaciones del personal a su cargo y comunicar mensualmente a la fundación, por medio de oficio a través de AGDe, el saldo y las boletas de vacaciones, del personal que hayan tomado vacaciones.

 

Para lo cual la fundación puso a disposición de los proyectos lo siguiente:

  1. PL GTH 001 Política de control de vacaciones ARES PPAA y cuentas en general
  2. Presentación Control de Vacaciones ARES y PPAA
  3. Instructivo de uso de Herramienta de Vacaciones
  4. Herramienta de Vacaciones
  5. Boleta de Vacaciones Intermediación